El Comité de Selección tiene la oportunidad de realizar designaciones ejemplares

– Es preocupante que el Comité de Selección está repitiendo malas prácticas del pasado como sesionar en las instalaciones del Congreso.
– Este órgano del SEANL debe apegarse a los criterios de transparencia, máxima publicidad y autonomía en todos sus procesos.

Monterrey, Nuevo, León a 15 de octubre del 2022. El proceso de selección del Fiscal General de Nuevo León que acompaña el Comité de Selección es la oportunidad para demostrar a la ciudadanía una verdadera independencia y autonomía. Este Comité, en su función de evaluador, deberá presentar a los y las diputadas perfiles idóneos en una lista de donde se elegirá al próximo Fiscal General.

Por lo anterior, el Comité de Selección está obligado a lo siguiente:

  • Garantizar que las personas que integren dichas listas sean seleccionadas bajo los principios de eficiencia, mérito y capacidad.
  • Asegurar que la convocatoria que emita el Congreso del Estado establezca los procedimientos, rúbricas, o criterios objetivos bajo los cuales el Comité de Selección analizará y evaluará las candidaturas.
  • Establecer y dar a conocer públicamente con anticipación cuáles serán los criterios, parámetros y/o ponderación bajo los cuales llevará a cabo la evaluación y análisis de perfiles.
  • Realizar entrevistas con métodos avalados científicamente que permitan ponderar objetivamente los méritos y capacidades de las candidaturas.
  • Llevar a cabo un escrutinio reforzado de las trayectorias curriculares de las candidaturas.
  • Registrar y documentar, para efectos de control de parte de las personas aspirantes, en cédulas, hojas o cualquier otro documento los mecanismos de evaluación y/o calificaciones otorgadas a las candidaturas.
  • Registrar y documentar en actas, minutas y/o acuerdos todas las actuaciones y decisiones que realicen.
  • Acordar y hacer público, con anticipación a la votación para la integración de las listas que se envíen al Congreso, el método para la discusión, deliberación y tipo de mayoría (simple, absoluta, calificada) que se utilizará para la integración de las listas.

En procesos efectuados anteriormente, el Comité de Selección ha encontrado excusas para no hacer públicas sus sesiones o transparentar las actas. Queremos recordar e insistir en el hecho que la integración de las listas para la designación de altos cargos por parte del Congreso -FGJ, FEDE, Fiscalía Anticorrupción, ASENL, Magistratura Anticorrupción-, deben cumplir con los mínimos que aquí mencionamos.

Nos preocupa que el Comité de Selección repita malas prácticas tal como sesionar en las instalaciones del Congreso, incluso, con la presencia del presidente de la Comisión Anticorrupción del Congreso, Gilberto de Jesús Gómez, y con asistencia de empleados de las bancadas, lo que deja dudas sobre su independencia partidista.

En la primera reunión que se realizó esta semana, no se transparentó el mecanismo de designación del presidente del Comité de Selección, Enrique Ogaz. Tampoco se ha informado cómo el Comité elaboró en menos de 24 horas la convocatoria para el Fiscal General del Estado. Quedando evidente el desconocimiento del marco legal aplicable a esta designación, pues la elaboración de la convocatoria corresponde a la Comisión Anticorrupción del Congreso, en donde se incluya solo la opinión del Comité de Selección sobre su contenido.

Exigimos al Comité de Selección no volver a cometer los errores de sus antecesores, ya que los vicios de forma y fondo en el inicio del proceso terminan afectando la credibilidad de los resultados del ejercicio de selección. Continuaremos vigilando de cerca el proceso de designación del Fiscal y el proceso de selección del Comité de Participación Ciudadana para informar a la ciudadanía del apego a las mejores prácticas de transparencia, máxima publicidad y profesionalismo.

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