1.- Los cambios a las leyes de Nuevo León en el tema de combate a la corrupción, permiten que las dependencias encargadas de recibir y dar seguimiento a denuncias por presunto hechos de corrupción gocen de autonomía e independencia.
2.- Esto es muy importante porque antes, las funciones de recepción, investigación y seguimiento a denuncias por presuntos hechos de corrupción eran de los funcionarios públicos que dependían jerárquicamente del Gobernador del Estado, por ejemplo el Subprocurador Especializado en Combate a la Corrupción, quien dependía directamente del Procurador General de Justicia de Nuevo León.
3.- En el mismo caso se encuentra el Contralor del Estado, quien antes de la reforma a la Constitución de NL, era nombrado directamente como parte del Gabinete del Gobernador; sin embargo, gracias a las reformas aprobadas en 2017, esto cambió y sería a través de una terna (tres opciones) que aunque el Gobernador enviaría al Congreso del Estado, serían los diputados quienes aprobarían o no esta designación. Una elección minuciosa con perfiles adecuados para el puesto.
4.- ¿Por qué es importante resaltar la figura del Contralor del Estado? Porque dentro de las funciones que le otorga la implementación del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA), está la de ser parte del Comité Coordinador dentro del SEA, además de actuar como autoridad investigadora y podrá emitir castigo. Esto nos dice que el Contralor vigila que los funcionarios de la administración pública del Estado cumplan con sus funciones y en caso de hechos comprobados de corrupción, aplicará una sanción.
5.- Antes de las reformas, por ejemplo, esto no sería posible, pues ante el señalamiento de un acto de corrupción, ni al encargado de hacerlo ni al gobierno en turno le convenía investigar. Simplemente lo pasaban por alto y nada pasaba, nadie investigaba y por supuesto nadie era sancionado, porque ¿quién sancionaría a la persona que le dió trabajo?, se llama conflicto de interés y en otros casos, nepotismo.
¿Cómo inicia esta lucha contra la corrupción?
En 2016, con el impulso de la Coalición Anticorrupción y ciudadanos comprometidos en la lucha contra la corrupción, se iniciaron los trabajos que darían inicio a las Leyes del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA), mismas que fueron aprobadas por el Congreso en marzo de 2017.
El SEA, tiene el objetivo de dar autonomía e independencia a las instancias y dependencias encargadas de sancionar la corrupción, erradicarla, y acabar con la impunidad, a través de castigos a quienes se vean involucrados en este tipo de actos. Así también da mayor peso a la participación de las organizaciones y ciudadanos interesados en esta lucha.
De aquí la importancia de la conformación de los órganos ciudadanos que fungen como articuladores del SEA una vez que entre en operación. Hablamos del Grupo Ciudadano de Acompañamiento, posteriormente la conformación del Comité de Selección, el nombramiento de los Fiscales Anticorrupción y Magistrado especializado en Responsabilidades Administrativas, así como la conformación del Comité de Participación Ciudadana, la instalación del Comité Coordinador y el nombramiento del Secretario Técnico del SEA, figuras apartidistas, libres de conflicto de interés y ejemplos en transparencia y combate a la corrupción.
Una vez que se conformó un Grupo Ciudadano de Acompañamiento (7 ciudadanos); éste vigiló la conformación del Comité de Selección (9 ciudadanos), que por naturaleza debe ser un grupo de personas independientes que tendrían la misión de evaluar lo perfiles de los candidatos aspirantes a las fiscalías y proponer las ternas al congreso. A su vez, harían lo mismo con conformación del Comité de Participación Ciudadana (CPC) (5 ciudadanos).
El CPC juega un papel relevante por la vinculación que haría entre los intereses ciudadanos y el trabajo de las autoridades de gobierno, encargadas de combatir la corrupción. La titular del CPC, Guadalupe Rivas, preside el Comité Coordinador en donde se sientan: el Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción, el Auditor Superior del estatal, Contralor Estatal, el Magistrado de la Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas y el presidente de la Comisión de Transparencia de Acceso a la Información en el estado.
Para vigilar el funcionamiento del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA), se nombró a un Secretario Técnico de manera irregular y sin transparencia alguna. En sesión privada, realizó (aunque la Ley señala que todas deben ser públicas, regidos por los principios de máxima publicidad y transparencia) se nombró a Joaquín Ramírez, ex integrante del Comité de Selección, como Secretario Técnico. Esto es como pagar un favor a quien los eligió lo que evidencia un conflicto de intereses.
En una comparación con otros estados, como Jalisco y Chihuahua, el papel de sus Comités de Participación Ciudadana contrasta con lo que sucede en Nuevo León. En esos estados los CPSs publicaron una convocatoria previa, toda la metodología de evaluación y, posteriormente, las calificaciones de los aspirantes, para después definir una terna de acuerdo a los criterios y calificaciones ya conocidas, añadiendo a sociedad civil como testigo social.
Este tipo de decisiones opacas, arbitrarias y discrecionales son objetivamente contradictorias a lo que se busca: prevenir y combatir la corrupción. La prevención y lucha contra la corrupción no son subjetivas. Decisiones discrecionales como la que realizó el CPC de NL promueven la corrupción.